Descripción
Permite a los extranjeros obtener el permiso para radicarse en Chile, por tener vínculos de familia, interés en el país o cuya residencia sea útil o ventajosa para Chile.
El titular de esta visa podrá desarrollar cualquier tipo de actividad lícita en Chile.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
- Completar formulario de solicitud en la página web Sistema de Atención Consular Ciudadano.
- Pasaporte vigente otorgado por la autoridad correspondiente del país de origen o documento análogo, calificado como tal por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, cuya vigencia sea igual o superior a la visa otorgada.
- Carta de solicitud, dirigida al Cónsul de Chile, exponiendo el motivo del viaje, los medios económicos que dispondrá en Chile, actividades que desarrollará, su última residencia habitual y si estuvo anteriormente en Chile en qué calidad (turismo, visa, etc) y cuándo salió del país.
- Certificado de Antecedentes Penales, apostillado o legalizado, de no más de 60 días de antiguedad a la fecha de solicitud de la visa.
- Certificado médico.
- Fotografía color, 5x5 cms., tamaño pasaporte, con fondo blanco, cuyo rostro completo y cara de frente sean 3/4 de la fotografía.
Requisitos específicos:
Según tipo específico de visa residente temporario, se solicitará:
Vínculo familiar:
a) Cónyuge o ascendientes de chilenos o hijos de chilenos por nacionalización.
b) Cónyuge, padres o hijos de extranjeros residentes con permiso de permanencia definitiva o visa de residente temporario.
- Certificado de matrimonio o nacimiento, apostillado o legalizado.
- Acreditar solvencia económica que le permita residir en el país sin constituir carga social.
Intereses en el país:
a) Personas de negocios (empresarios, inversionistas, comerciantes o rentistas).
- Acreditar condición de empresario y sus actividades en Chile; inversión que pretende realizar en Chile, así como internación de capitales; condición de comerciante y sus actividades en Chile; o condición de rentista, señalando sus bienes o capitales nacionales a partir de los cuales obtiene sus rentas periódicas.
b) Personal calificado (científicos, investigadores, académicos, conferencistas, profesores, profesionales o técnicos).
- Profesionales o técnicos acreditar título respectivo debidamente legalizado o apostillado.
- Contrato laboral, debidamente legalizado o apostillado, de persona jurídica chilena o de organismo internacional reconocido por el Gobierno de Chile; o copia legalizada o apostillada de contrato suscrito entre entidades o empresas nacionales y extranjeras, Convenios de Asistencia, Cooperación Técnica, de transferencias de tecnología y recursos humanos calificados.
- En caso de científicos, investigadores, académicos, conferencistas o profesores, se debe acreditar dicha condición con títulos o certificaciones de instituciones académicas o universitarias, debidamente legalizadas o apostilladas y la institución u organismo en el cual realizarán sus actividades en Chile con la invitación o contrato respectivo, notariados.
c) Profesionales de las comunicaciones:
- Acreditar agencia o medio de las comunicaciones al cual pertenece, mediante documentos o certificaciones de la empresa respectiva, indicando actividades comunicacionales específicas a realizar en Chile y el tiempo en que se realizará.
d) Religiosos:
- Acreditar condición de religioso mediante documentos o certificaciones legalizadas o apostilladas de su respectiva iglesia o comunidad religiosa, la cual debe estar legalmente reconocida en Chile;
- Carta de algún superior de su institución en Chile, notariada, dando cuenta de quién es el religioso, sus actividades en el país y lugar dónde ejercerá su ministerio.
e) Tratamientos médicos:
- Carta notariada del establecimiento o institución médica en la cual el solicitante se someterá a tratamientos médicos, especificando cuales y el motivo para realizarlos en Chile.
f) Visa TECH
Beneficio al que acceden las empresas del ámbito de los servicios tecnológicos que requieran contratar personal extranjero altamente calificado y que no se encuentren disponibles en el territorio nacional.
Ver detalles y postulación en plataformas digitales de postulación:
Importante:
- Puede revisar el estado de su solicitud AQUÍ
- El cumplimiento de los antecedentes señalados precedentemente no compromete el otorgamiento de la Visa.
- Durante la tramitación de la solicitud, podrá requerirse la presentación de antecedentes adicionales.
Una vez en Chile:
- Tiene un plazo de 30 días para ir a Policía de Investigaciones de Chile –PDI (Policía Internacional en el territorio chileno para efectuar el Registro de Visa.
- Dentro de los mismos 30 días, debe llevar el Certificado de Registro emitido por PDI al Servicio de Registro Civil e Identificación, para obtener la Cédula de Identidad para extranjeros.
- Durante su estadía, es obligación respetar la ley y normativa chilena