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Cambio de Titularidad IPS

Descripción

Es la Solicitud que efectúa ante el Consulado de Chile correspondiente, un(a) pensionado(a) del Instituto de Previsión Social (IPS) a objeto de otorgar a un tercero la facultad de figurar en los registros internos del IPS como titular de su beneficio previsional y de esta forma cobrar y percibir en representación de Titular Original, los montos correspondientes a su pensión.

El Consulado envía a través de la Valija Diplomática, el Poder o Declaración Jurada otorgado por el Titular del Beneficio, el que será enviado a la Dirección de Servicios Consulares-Departamento de Previsión Social, donde será legalizado y remitido al IPS para su registro e incorporación, junto a los demás antecedentes y documentos requeridos.

¿A quién está dirigido?

A los(as) pensionado(as) del I.P.S. residentes en el exterior, que se encuentran imposibilitados de cobrar y percibir personalmente su beneficio previsional.

Requisitos:

  • Comprobante de Pago o Liquidación de Pago Pensión
  • Fotocopia Cédula de Identidad Chilena del Pensionado
  • Poder o Declaración Jurada Consular
  • Ficha para Remesa del Beneficio
  • Formulario de Antecedentes Bancarios
  • Certificado Bancario de la cuenta del solicitante (Emitida y firmada por el Banco) que indique:
      • Cuenta de titularidad del beneficiario,
      • Tipo y número de cuenta,
      • Nombre y domicilio del Banco,
      • Sucursal,
      • Códigos de transferencia internacional SWIFT, IBAN, CBU, según corresponda.

Importante:
El Poder es una actuación notarial consular y si la pensionada o pensionado no está en poder de sus facultades mentales o su situación de salud no se lo permite, no puede firmar dicho documento y serán los tribunales correspondientes, los que deberán dictar sentencia respecto de él o la encargado/a de procurar el cuidado de la pensionada/a y de administrar sus bienes y recursos.

Por lo anterior, una persona con problemas de salud (física o mental) no puede firmar un poder o solicitud de cambio de titularidad.

En este caso, para solicitar el cambio de titularidad, el curador debe remitir además de los requisitos antes señalados, copia legalizada en el Consulado de Chile, de la Resolución o dictamen del Tribunal que le concedió el Rol de curador de la o el pensionado/a.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

  • Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos y diríjase al:
  • Tome contacto con el Consulado chileno correspondiente al lugar donde reside y solicite su turno.
  • El plazo de respuesta depende de cada caso, ya que el Ministerio de Relaciones Exteriores actúa como un intermediario con las instituciones correspondientes.

¿Cual es el costo del trámite?

No tiene costo.

Marco legal

Leyes y Reglamentos del Sistema de Reparto

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