Retiro del 10% para afiliados en el extranjero
Los nacionales residentes en el exterior, que estén afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) de Chile, pueden retirar hasta el 10% de sus fondos de acuerdo a la Ley 21.248.
La Superintendencia de Pensiones ha establecido tres modalidades para efectuar el retiro desde el exterior:
- De manera remota en su AFP: los afiliados en el extranjero que no puedan hacer su solicitud a través de los Consulados chilenos en el exterior, tienen distintas opciones dependiendo de la AFP en que están afiliados. Por ello deben ponerse en contacto con su AFP.
- De manera remota con carnet y cuenta bancaria en Chile pueden hacer la solicitud en el sitio web de la AFP en la que tenga sus ahorros previsionales.
- De manera presencial en el Consulado de Chile más próximo a su domicilio.
En el sitio www.mi10afp.cl , seleccione 1er o 2do retiro del 10%, luego "Retira tu 10% desde el extranjero" y siga las indicaciones del proceso.
En el caso del trámite presencial en los consulados, los afiliados deberán:
- Completar personalmente el formulario que se encuentra en www.mi10afp.cl
- Imprimir el formulario, que tendrá un número único asignado al titular de la solicitud.
- Llevarlo personalmente al Consulado de Chile más cercano a su domicilio, donde se validará la identidad del solicitante y se enviará internamente el documento a la Superintendencia de Pensiones y ésta a la AFP que corresponda.
Importante:
- Comunicarse con el Consulado de Chile más cercano a su domicilio para agendar cita.
- La solicitud, solo puede ser efectuada por el afiliado titular, pensionado o beneficiario de un afiliado (pensionada de viudez u orfandad).
- La entrega del formulario en el Consulado de Chile puede efectuarse con el carnet de identidad chileno vencido.
- Los Consulados de Chile en el mundo, no son responsables de la información otorgada por el solicitante en el formulario.
- Los Consulados de Chile, sólo validan la identidad del solicitante y envían la solicitud a la Superintendencia de Pensiones.
- La gestión de los Consulados de Chile podrá verse afectada ante las restricciones sanitarias impuestas por las autoridades locales de cada país.
- Todas las consultas sobre el proceso debe efectuarlas a su AFP, haciendo referencia al código del formulario de la solicitud.
- El plazo para solicitar el primer retiro vence el 29 de julio de 2021 y el segundo, el 9 de diciembre de 2021.
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